Taxis Melilla
Se suspende la realización de eventos de deportes, excepto esos acontecimientos pertenecientes a equipos y atletas de categoría nacional, los que deberán realizarse sin público. Salas de exposiciones, bibliotecas, museos, cines y teatros, los aforos podrán lograr hasta 1/3 del aforo autorizado en la licencia de apertura. No más de ocho personas en la entrada del tanatorio ni en las salas 1 y 4. En la comitiva del entierro, no se permiten mucho más de 10 personas. Aforo del 40% en academias, autoescuelas y otros centros académicos similares. Prohibido el consumo de alcohol en la calle, plazas parques y en cualquier espacio público.
Tolerada la práctica deportiva en espacios cerrados, con restricción de aforo al 33 % y uso obligación de mascarilla. Limitadas a convivientes o a 2 personas no convivientes tanto en exteriores como dentro de domicilios. Obligatoria desde los 6 años de edad en espacios abiertos y cerrados de empleo público y aunque logre garantizarse la distancia de seguridad de 1,5 metros. El 5 de febrero se aprobará su empleo obligatorio en el interior de la hostelería. Las celebraciones de bodas se limitan a 20 personas en espacios al aire libre y 10 personas en espacios cerrados, sin superar un 33 % del aforo en espacios cerrados. Desde el 14 de diciembre, se reabren cines, teatros, auditorios y equipamientos análogos para actividades culturales. Distancia mínima de 1,5 metros, empleo obligación de mascarilla.
Hasta Marzo No Piensa Page Alzar El Cierre Perimetral De La
Permanecerán abiertos los parques infantiles y los centros de ocio. Máximo de 15 personas en la comitiva para el enterramiento o en la despedida. En el caso de comuniones y bautizos, se permiten 30 personas en hoteles o sitios de comidas y en el resto de lugares, 15. No se permiten muestras físicas de devoción o tradición y se aconseja eludir cantos. En los ayuntamientos con una incidencia acumulada superior a 500 casos, se cierran los parques de ocio infantil y juvenil. En cines, teatros, auditorios, circos y similares, se va a deber tener butacas preasignadas y no se podrá sobrepasar el 50 % del aforo autorizado.
En municipios confinados perimetralmente, restricción del aforo al 30 % en espacios interiores, con un máximo de 75 personas en exteriores. Se limitan a un máximo de seis personas, excepto si son convivientes.
La Actividad De Los Taxis Cae Un 75% Desde El Principio De La Pandemia Y Se Agudiza Con Las Nuevas Limitaciones
Aforo del 75 % y un máximo de 150 personas al aire libre y de 75 personas en espacios cerrados. Desde el 14 de diciembre, en ficheros, bibliotecas, museos, salas de exposiciones, galerías de arte y centros de creación y artes visuales, podrán celebrarse actividades culturales. En el caso de visitas guiadas, aforo máximo de seis personas. A fin de que un concejo forme una parte de este mapa es necesario que permanezca una definición expresa de confinamiento por parte una autoridad competente del ayuntamiento, la comunidad autónoma o de un rango superior. Restricción del aforo al 30 %, con un máximo de 75 personas. La hostelería, cerradas desde el 22 de enero, podrá reabrir a partir del lunes 22 de febrero. El aforo en el interior estará con limite al 30 % y en terrazas al 75 %.
- En los ayuntamientos confinados perimetralmente, estos establecimientos van a estar cerrados.
- Las actividades deportivas al aire libre van a tener una restricción máxima de 15 personas y en interiores, ya sean centros de deportes o gimnasios, no van a poder sobrepasar un aforo del 30% o de seis personas cuando son ocupaciones colectivas.
- En espacios cerrados, restricción del aforo a un 33 % con un máximo de 100 personas.
Aforo del 50% en las zonas comunes con un máximo de 30 personas. Del 23 de enero al 26 de febrero, las asambleas en espacios privados están limitadas a convivientes. A partir de esa fecha se dejarán encuentros de hasta dos burbujas de convivencia con un límite de seis personas en los espacios privados. Permitidos acontecimientos deportivos no expertos y no federados, con asistencia de público y un aforo limitado al 50 % en exteriores, y sin público en interior. En los municipios confinados perimetralmente, esos con nivel de alarma radical, se cierra el interior de bares y restaurantes.
Limitación del aforo al 33 % en zonas comunes de hoteles, alojamientos turísticos y albergues. Los restaurantes tienen la posibilidad de mantenerse abiertos, para empleo exclusivo de los clientes del servicio, entrega a domicilio o recogida. El transporte público urbano y metropolitano se restringe al 50% de su aforo en los escenarios de alerta 2, 3 y 4.
Celebración de acontecimientos en bares y restaurantes limitados a 100 personas en espacio abierto y 50 en lugares cerrados en los niveles de peligro 2 y 3. Limitadas a seis personas, en espacios públicos y privados, salvo que se intente convivientes. Se va a deber asistir al trabajo de manera excepcional para ocupaciones o reuniones exactas.
En los ayuntamientos recluídos perimetralmente, estos establecimientos van a estar cerrados. En espacios cerrados, restricción del aforo a un 33 % con un máximo de 100 personas. Las ocupaciones deportivas al aire libre tendrán una restricción máxima de 15 personas y en interiores, así sean centros de deportes o gimnasios, no van a poder sobrepasar un aforo del 30% o de seis personas cuando son actividades colectivas.
Máximo cuatro personas desde el 25 de enero salvo convivientes. Las piscinas para uso recreativo no tienen la posibilidad de sobrepasar el 30% de aforo. En las de empleo deportivo el límite será de hasta diez personas.
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